Como todos los años, previo a las celebraciones de Fiestas Patrias en Chile, incluso con varios meses de anticipación, comienza una fuerte campaña para prevenir los accidentes de tránsito que se generan principalmente por el consumo desmedido de alcohol y otras sustancias.
Les vengo a hacer una invitación, a que celebremos con responsabilidad y evitar ser un número más dentro de las cifras de muertos en estas fiestas. Es muy necesario que tengamos conciencia de lo importante que es respetar nuestras normas, y para el caso en que bebemos alcohol sin excluir a quienes ingieren otras sustancias prohibidas, utilicemos los medios de transportes disponibles hoy, tanto públicos como privados, organicemos las salidas con tiempo, utilicemos siempre el cinturón de seguridad, respetemos las velocidades impuestas en los tramos viales y respecto del sistema de retención infantil, apeguémonos a las exigencias de la ley.
Nadie impide que podamos celebrar estas fiestas patrias, pero debemos respetar la vida propia y la de los demás.
La Ley “Tolerancia Cero” vigente desde marzo de 2012, bajó los grados de alcohol permitidos en la sangre para conducir, estableciendo el “estado de ebriedad” desde 0,8 gramos por litro de sangre y “bajo la influencia del alcohol” desde 0,3 gramos por litro de sangre, asimismo se incrementaron las sanciones relativas a la suspensión de la licencia de conducir, según la infracción que se cometa y las consecuencias que ésta tenga, ejemplo, si soy sorprendida manejando en estado de ebriedad por primera vez, sin ocasionar daños ni lesiones, me suspenderán mi licencia de conducir por 2 años. Ahora, cuando soy sorprendida en estado de ebriedad y causo lesiones gravísimas o la muerte de una persona, por primera vez, quedaré inhabilitada para manejar un vehículo de por vida.
Las penas de cárcel no forman parte de los cambios de la “Ley Tolerancia Cero”, sino que fueron establecidas con la nueva normativa “Ley Emilia” vigente desde septiembre 2014 y que vino se sancionar con cárcel efectiva de al menos un año a los conductores en estado de ebriedad que generen lesiones graves gravísimas o la muerte. Además, se establece el fugarse del lugar del accidente y/o negarse a realizar el alcohotest o la alcoholemia como delitos. De esta forma, la diferencia entre Ley Tolerancia Cero y Ley Emilia, tiene que ver con que la primera bajó los gramos de alcohol permitidos en la sangre para conducir y aumentó las sanciones de suspensión de la licencia de conductor, y la segunda sanciona con cárcel efectiva de al menos 1 año a los conductores en estado de ebriedad que generan lesiones graves gravísimas o la muerte.
Qué frase tan repetida es “Si vas a beber, pasa las llaves”, pero no hay caso, no entendemos, las cifras de accidentes y de víctimas fatales aumentan.
La prevención es primordial para evitar los accidentes de estas características y es esencial asumirlo por todos sin distinciones. Debemos convertirlo en algo innato y efectivamente cambiar hábitos y conductas irresponsables, y así lograr el tan preciado cambio cultural que necesitamos al volante y valorar y cuidar nuestra vida y la de los demás.
Es el concejo sincero de la Abogada
Nataly Zúñiga Calderón.
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