Inicio Noticias Locales Municipalidad de Santa Cruz retira pantalla led con respaldo de corte suprema,...

Municipalidad de Santa Cruz retira pantalla led con respaldo de corte suprema, no existiendo ilegalidad ni menos arbitrariedad

Compartir

La Municipalidad de Santa Cruz,ante el retiro de la pantalla led instalada sobre el Banco Scotiabank, emitió el siguiente informe:

Los propietarios de la estructura, Francisco Arenas Hernández y Wara Ortiz Mella, se negaron reiteradamente a hacer el retiro, por lo cual deberán cancelar los cuantiosos gastos que implicó contratar personal y maquinaria para efectuar el retiro.

La Municipalidad de Santa Cruz retiró esta semana la pantalla led ubicada en pleno centro de la ciudad, obedeciendo al cumplimiento de lo resuelto por la Excelentísima Corte Suprema de Santiago (causa Rol 21.729-2016), quien conociendo de una apelación presentada por los abogados de la Municipalidad de Santa Cruz, acogió el recurso, y estimó que el actuar del municipio al dictar el decreto alcaldicio N° 480 de fecha 04 de marzo de 2016, que ordenaba el retiro de la pantalla se ajustaba a derecho, y no existía ilegalidad ni menos arbitrariedad.

Cabe señalar que el origen de la controversia surge cuando los dueños de la pantalla, Srs. Francisco Arenas Hernández y Wara Ortiz Mella, instalan la pantalla en pleno centro de Santa Cruz, sin las autorizaciones respectivas, vale decir, no contaban con los permisos de la dirección de obras municipales, que por mandato de la Ley General de Urbanismo y Construcción, debían tener.

Hay que agregar que este elemento no cumple con la Ordenanza del Plan Regulador para la zona de emplazamiento y  nunca acreditaron que la pantalla y su pesada estructura contaran con la debida resistencia, situación comprobada al momento del retiro de esta ya que el sistema de anclaje no cumplía con ninguna normativa que asegurara la estabilidad de la estructura,  soporte y seguridad, de ahí justamente que el Director de Obras ordenara el retiro inmediato de la pantalla a través del señalado decreto, el que se realizó una vez que se tuvieron a disposición los medios para hacer el retiro, puesto que los dueños se negaron reiteradamente a hacerlo por sí mismo. Por esto mismo deberán cancelar los cuantiosos gastos que implicó contratar personal y maquinaria para efectuar el retiro.

La pantalla se encuentra en este momento en la bodega municipal, esperando que los dueños la retiren -una vez el municipio les notifique del trámite administrativo- previo pago de los costos señalados. La sentencia en uno de sus considerandos señaló que es el director de obras quien debe aplicar las disposiciones sobre construcción y urbanización, en la forma que determinen las leyes, sujetándose a las normas técnicas de carácter general que dicte el ministerio respectivo.

 

Comentarios

comentarios