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Por falta de pruebas, quedan en libertad los acusados de provocar incendios forestales

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Juzgado de garantía de Santa Cruz fija el 120 días el plazo den investigación por incendio forestal en Chépica
El Juzgado de Garantía de Santa Cruz denegó hoy –viernes 27 de enero– aplicar alguna medida cautelar a F.D.Z., R.S.P., L.S.P. y E.S.P., imputados por el Ministerio Público como autores del delito de incendio de bosques. Ilícito que supuestamente habrían perpetrado ayer, jueves 26, en la comuna de Chépica.

En la audiencia de formalización de la investigación (causa rol 170-2017), el magistrado Rodrigo Ponce rechazó la solicitud del Ministerio Público y de la querellante Intendencia Regional de decretar la prisión preventiva de los imputados, tras establecer que no existen indicios suficientes de participación en los hechos investigados.

Además, agrega el tribunal, el testigo presencial no realiza un reconocimiento cabal del principal imputado (F.D.Z.). Testigo que asegura que “pudo observar a una distancia menor a cien metros, a una persona que vestía una polera verde con franjas amarillas -con quien tuvo un contacto previo por una supuesta venta de un generador-, detener la marcha del vehículo en que se transportaba, bajarse del móvil y, posteriormente, retirarse del lugar. Aportando que, según su percepción, coetáneamente se produjo el foco o inicio de incendio”.
Asimismo, razona el tribunal, el testigo no justifica ni da mayores razones de relación que establece entre la presencia de F.D.Z. en el lugar y la irrupción del fuego, debido a que no declara haberlo visto realizar alguna acción concreta para generar las llamas, como el uso de algún acelerante, limitándose solo a la simultaneidad de la detención del imputado en el lugar y la aparición del foco.

Además, en la causa aún no se cuenta con los resultados de las pericias intrusivas a las vestimentas, autorizadas ayer por el tribunal y a la que los imputados accedieron.

A mayor abundamiento, el empleador del principal inculpado declara que en los momentos en que se supone que F.D.Z. fue visto en el sector del incendio, se encontraba en su lugar de trabajo cumpliendo su jornada laboral.

 “Las declaraciones de los testigos aportan una serie de indicios de incriminación vagos, ambiguos y equívocos como para lograr presumir la participación probable de los imputados en el delito”, sostiene la resolución del magistrado.

R.S.P., L.S.P., E.S.P. y F.D.Z. fueron detenidos por la policía en un taller mecánico. Tras practicar un control de identidad, registraron la camioneta Fiorino, encontrado en dicho móvil bidones con parafina, cuatro velas y un guante de soldador.
De este modo, el tribunal estimó que el Ministerio Público solo logró acreditar la existencia del delito, pero no la participación de los imputados, por lo que no procede adoptar medidas cautelares en su contra.

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